El documento de conocimiento del importador como nueva prueba de origen UE – Japón

El documento de conocimiento del importador como nueva prueba de origen UE – Japón

La Unión Europea y Japón han firmado un nuevo acuerdo en el que se permite al importador un trato arancelario preferencial.

Las solicitudes se basarán en una de las siguientes opciones:

  • Una declaración de origen en la que el exportador declare que el producto es originario UE.
  • El conocimiento por parte del importador de que el producto es originario UE. 

Dicha información deberá ser declarada en la casilla 44 del DUA con la clave U112 y el importador no necesitará estar registrado en la base de datos REX.

Las autoridades aduaneras podrán denegar el trato preferencial cuando en el proceso de verificación no hayan recibido una respuesta adecuada pasados los tres primeros meses tras la petición inicial o la petición de información adicional.

Más información en los siguientes enlaces:

 

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